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En EM Abogados celebramos 6 años de servicios con la confirmación, en segunda instancia, de la absolución de uno de nuestros primeros clientes.

En EM Abogados celebramos 6 años de servicios con la confirmación, en segunda instancia, de la absolución de uno de nuestros primeros clientes.

La satisfacción del deber cumplido embarga a todo el equipo de EM Abogados en este día memorable. Con júbilo, celebramos la confirmación de la absolución de los acusados, ex miembros de la fuerza pública, en un relevante caso de concierto para delinquir y cohecho propio por parte del Tribunal Superior de Bogotá. Sin embargo, lo que hace este fallo aún más especial es el hecho de que uno de los acusados fue uno de los primeros clientes que depositó su confianza en nuestros servicios legales. Este logro nos llena de gratitud y nos impulsa a seguir brindando una defensa justa y rigurosa.

Desde hace seis años, cuando EM Abogados comenzó a ejercer su labor, hemos trabajado arduamente para construir una reputación sólida y confiable, basada en la ética, el profesionalismo y la dedicación. Durante este tiempo, hemos tenido el privilegio de acompañar a numerosos clientes en sus casos legales, pero el vínculo con nuestros primeros clientes siempre ha sido especial. Y hoy, al presenciar la absolución de uno de ellos, sentimos una gran alegría.

En este caso en particular, la Fiscalía había apelado la decisión de primera instancia, buscando una condena que considerábamos injusta. Sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá rechazó la apelación debido a la falta de pruebas contundentes que respaldaran las acusaciones de concierto para delinquir agravado y cohecho propio. Esta victoria no solo es un respaldo para los acusados, quienes fueron injustamente vinculados a un proceso que afectó gravemente su buen nombre como miembros de la fuerza pública, sino también una crítica contundente a la falta de corroboración por parte de la Fiscalía de aquella información que suministran informantes.

El tribunal destacó en su fallo la importancia de la corroboración de los testimonios en un proceso penal, señalando que un testimonio aislado no puede ser considerado como prueba suficiente sin el respaldo de otras pruebas o evidencias. En este caso, se cuestionó la falta de actividad investigativa por parte de la Fiscalía para corroborar los dichos del informante. Además, se mencionó que uno de los informantes había recibido un principio de oportunidad y había manifestado su intención de vengarse de los policías que no le permitían llevar a cabo sus actividades. Estos factores, sumados a la ausencia de pruebas suficientes presentadas por la Fiscalía, llevaron al tribunal a aplicar el principio de in dubio pro reo, favoreciendo a los acusados al no encontrar pruebas que demostraran su culpabilidad más allá de toda duda razonable.

La importancia de este fallo trasciende los límites de este caso en particular. Para nosotros, representa un hito significativo en nuestra trayectoria como firma legal comprometida. Acompañar la absolución de uno de nuestros primeros clientes es motivo de profunda satisfacción y gratitud. Es un recordatorio de que nuestra labor no solo busca la justicia, sino también la devolución de la confianza depositada en nosotros por nuestros clientes.

Hoy, en medio de la celebración de este logro, también conmemoramos nuestros seis años de servicio en el ámbito legal. Es un momento para reflexionar sobre el camino recorrido y renovar nuestro compromiso de seguir luchando por la justicia y la defensa de los derechos de aquellos que confían en nosotros. La absolución en este caso nos impulsa a seguir brindando una representación legal sólida y confiable, mientras continuamos trabajando incansablemente por construir un sistema legal más justo y equitativo.

En EM Abogados, expresamos nuestro agradecimiento a todos aquellos que han confiado en nuestros servicios a lo largo de estos años. Nuestro éxito no sería posible sin ustedes. Seguiremos trabajando con pasión y dedicación para honrar esa confianza y para ser un faro de esperanza en momentos de adversidad legal.

Nuevamente invitamos a cualquier interesado para que nos contacten si necesitan de nuestra asesoría o si desean conocer los pormenores de la decisión de marras que fuera proferida el 16 de mayo de 2023 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.

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